Éxodo 22:7
Cuando alguno diere á su prójimo plata ó alhajas á guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.
Referencias cruzadas
- Éxodo 22:4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey ó asno ú oveja vivos, pagará el duplo.
- Proverbios 6:30–31 No tienen en poco al ladrón, cuando hurtare para saciar su alma teniendo hambre: Empero tomado, paga las setenas, da toda la sustancia de su casa.